Modelo 390: declaración-resumen anual del IVA
Ya presentó la última autoliquidación de IVA. ¿Está resuelto también el resumen anual? La obligación del modelo 390 depende de la actividad, del sistema de gestión y de la exoneración que proceda.
El resumen anual no es el último trimestre
El modelo 390 resume los datos anuales del IVA. No sustituye las autoliquidaciones periódicas ni implica automáticamente otro pago. Compruebe por separado que estén completas las declaraciones del ejercicio y si, además, debe presentar el resumen anual.
La exoneración debe corresponder al caso real
La AEAT incluye, entre otros, determinados declarantes trimestrales en régimen simplificado o dedicados al arrendamiento de inmuebles urbanos que tributan exclusivamente en territorio común, así como contribuyentes en el SII. Deben valorarse las actividades adicionales y los requisitos concretos. Afirmar que ningún arrendador presenta el modelo 390 resulta demasiado general.
Exoneración no equivale a ausencia de información anual
Cuando procede la exoneración, revise la información anual exigida en el último modelo 303 relevante, como actividad y volumen de operaciones. Compruebe los apartados anuales, no solo el encabezamiento. Acuerde quién conciliará estos datos con la contabilidad.
Caso especial: cese antes de finalizar el año
Si la actividad terminó durante el ejercicio y ya no existe obligación de presentar el último periodo, puede no resultar aplicable la exoneración esperada. Prepare la fecha de baja y el último periodo efectivamente declarado. El calendario de cierre debe incluir estas obligaciones posteriores aunque ya no se emitan facturas.
Conciliar antes de presentar
Compare cifras anuales, libros de facturas, rectificaciones y autoliquidaciones presentadas. Aclare las diferencias en lugar de trasladarlas a una casilla conveniente. Revise el plazo vigente y conserve el justificante real de presentación. Si faltan trimestres, determine primero qué declaraciones están pendientes; el resumen anual no subsana esa ausencia.
Fuentes oficiales y próximos pasos
Asistencia relacionada: Contabilidad e impuestos de empresas.
Próximos pasos relacionados: Modelo 303: preparar la autoliquidación de IVA · Modelo 349: declarar operaciones intracomunitarias.
Prepare su consulta
Indique ejercicio, actividades, régimen de IVA y posible fecha de cese. Aclare si dispone del último modelo 303 y de las cifras anuales conciliadas.
Solicitar asistencia en españolActualizado: 23 de octubre de 2026. Orientación general. Son determinantes el caso concreto y los requisitos vigentes del organismo competente.
